ECONOMÍA - NACIONAL

Se han prorrogado ciertos beneficios por parte de AFIP.

30.11.2020

Los inscriptos en el Monotributo no serán dados de baja por falta de pago. Y seguirán suspendidos hasta el 31/12 los embargos y ejecuciones a firmas del registro MiPyme. Continúan los trámites digitales y los beneficios en planes de pago permanentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anticipó que el lunes oficializará la prórroga hasta fin de año de una serie de beneficios fiscales que se pusieron en marcha para distintos tipos de contribuyentes para aliviar el impacto económico de la pandemia de coronavirus.

Monotributistas

Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre. La normativa también suspende las exclusiones correspondientes a octubre.

A través de la Resolución General N°4863 se extienden los beneficios vigentes desde marzo. La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. Pero octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. 

Embargos y ejecuciones fiscales

Se prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme (Micro, pequeña y mediana empresa).

La Resolución General N°4868 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Presentaciones Digitales

Se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La decisión está prevista en la Resolución General N°4867, que también posterga, hasta el último día del año, la excepción de registrar los datos biométricos (eso quiere decir que hasta 2021 no hace falta concurrir a las dependencias para registrar foto, firma y huella dactilar para tener la clave fiscal con el nivel de seguridad requerido).

Planes de pago permanentes

La Resolución General N°4866 extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

 

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