El TERMOMETRO PARLAMENTARIO

Movilidad jubilatoria: la Comisión en Diputados pasó a cuarto intermedio

16.03.2024

El reloj sigue avanzando, y el Gobierno aún no ha enviado al Congreso la nueva fórmula de movilidad. Las decisiones en torno a estos temas son cruciales para el bienestar económico y financiero del país

 

El reloj sigue avanzando, y el Gobierno aún no ha enviado al Congreso la nueva fórmula de movilidad. Las decisiones en torno a estos temas son cruciales para el bienestar económico y financiero del país

Los proyectos relacionados con las Ganancias y la movilidad jubilatoria no han superado la oposición y se someterán a modificaciones en la Cámara de Diputados. Los bloques dialoguistas expresan su apoyo general a la versión más limitada de la “Ley de Bases”. Sin embargo, existe preocupación en el ámbito económico debido a los cambios que se introducirían en la actualización de las jubilaciones1.

En particular, dos aspectos clave están bajo revisión:

Movilidad de los haberes jubilatorios: Se busca modificar este aspecto, que tiene un fuerte impacto en los ingresos y gastos del Tesoro. Las negociaciones entre la Casa Rosada, los bloques dialoguistas y los gobernadores se centran en cómo indexar los haberes a partir de abril. El ministro de Economía, Luis Caputo, está atento a preservar los superávits logrados en los primeros meses del año1.

Impuesto a las Ganancias: Se considera reinstalar la aplicación de este impuesto a los asalariados de la cuarta categoría. Esta medida está incluida en un paquete fiscal más amplio y afectaría a alrededor de 1,5 millones de trabajadores. La discusión sobre su implementación también está en curso

La noticia es que los bloques dialoguistas de la oposición acompañarán, en la Cámara de Diputados, la nueva «Ley de Bases» en su versión acotada. El otro es el que reinstala la aplicación del impuesto a las Ganancias a los asalariados de la cuarta categoría, iniciativa incluida en un ambicioso paquete fiscal y que prevé alcanzar a 1,5 millón de trabajadores.

Ambas cuestiones, por su fuerte impacto en los ingresos y gastos del Tesoro, concentrarán toda la atención en las negociaciones que arrancaron la semana pasada entre la Casa Rosada, los bloques dialoguistas y los gobernadores. El ministro de Economía, Luis Caputo, celoso de preservar los superávits alcanzados en el primer bimestre del año, mira con especial inquietud lo que sucederá con las jubilaciones, el mayor rubro en el gasto. Caputo acepta indexar los ingresos jubilatorios por inflación a partir de abril –así figura en el borrador de la nueva Ley Bases- pero solo reconoce una compensación parcial de 10 puntos por enero. Difícilmente prospere ya que incluso el bloque de Pro, aliado al Gobierno, cree que Economía podría hacer un esfuerzo mayor.

Los legisladores insisten que Economía les revele los números de impacto fiscal, pero hasta ahora no tuvieron suerte. Mientras tanto el reloj corre y el Gobierno demora el envío al Congreso de la nueva fórmula de movilidad. Para el caso de los jubilados que cobran el haber mínimo, que perciben bono, la pérdida será del 28% entre ambos trimestres. « Cualquiera que sea la suerte de la nueva ley ómnibus, lo que no puede esperar más es la suerte de los jubilados», apuró Rodrigo De Loredo, jefe del bloque radical, tras la reunión con el ministro Guillermo Francos el viernes pasado.

« Si se convoca a una nueva sesión especial porque el Gobierno demora una solución, vamos a tener que bajar por presión de nuestro electorado. » .

Ganancias

Solo un puñado de ellos –los que comandan provincias con bajas dotaciones de asalariados que estarían alcanzados- la reciben de buen grado por la suba en sus ingresos coparticipables. El resto, sin embargo, no quiere afrontar el costo político que implicaría, en un contexto recesivo y de caída de ingresos, que un millón y medio de trabajadores vuelva a pagar el impuesto. Según la iniciativa que trascendió de Economía, el tributo se aplicaría a partir de un piso mínimo no imponible de $1,1 millón de sueldo neto para solteros y de $1,5 millón neto para contribuyentes casados con dos hijos. En el caso de los trabajadores autónomos, el mínimo no imponible es más bajo y equivale a $885.310, para un soltero sin hijos, mientras que es de $1.253.700 para un casado con 2 hijos.



« Durante el kirchnerismo se aplicaba el 27% a partir del piso mínimo, lo que provocaba que buena parte de los asalariados tributaran. Lo óptimo sería graduar con alícuotas mínimas, del 1 o 1,5%, a los ingresos menores e ir subiéndolas a medida que son mayores», explica el radical Alejandro Cacace. Algunos proponen, como el gobernador chubutense Ignacio Torres, coparticipar el impuesto al cheque para compensar lo que no perciben de coparticipación por Ganancias.


¿Cómo afectaría el impuesto a las Ganancias a los trabajadores?

El impuesto a las Ganancias puede tener un impacto significativo en los trabajadores. Aquí hay algunos puntos clave sobre cómo afectaría a los empleados:

  • Deducción de salarios: El impuesto a las Ganancias se aplica a los ingresos de los trabajadores. Si estás en la cuarta categoría (empleados en relación de dependencia), parte de tu salario estaría sujeto a este impuesto. Esto significa que una porción de tus ganancias se deduciría antes de que recibas tu salario neto.
  • Escalas y tramos: El impuesto a las Ganancias se calcula en función de escalas y tramos de ingresos. Cuanto mayor sea tu salario, mayor será el porcentaje de impuesto que debes pagar. Por lo tanto, aquellos con salarios más altos pueden experimentar una mayor retención de impuestos.
  • Exenciones y deducciones: A pesar de las retenciones, existen exenciones y deducciones que pueden reducir la carga fiscal. Algunos ejemplos incluyen deducciones por cargas de familia, gastos médicos y donaciones. Es importante conocer estas opciones para minimizar el impacto del impuesto.
  • Efecto en el poder adquisitivo: Para muchos trabajadores, la retención de impuestos puede afectar su poder adquisitivo. Si bien es necesario para financiar servicios públicos y programas, puede ser una preocupación para aquellos con ingresos más bajos.
  • Actualizaciones y cambios: Las leyes fiscales pueden cambiar con el tiempo. Es fundamental estar al tanto de las actualizaciones y comprender cómo afectarán tus finanzas personales.

En resumen, el impuesto a las Ganancias puede reducir el salario neto de los trabajadores y afectar su capacidad de gasto. Es crucial estar informado y planificar adecuadamente para mitigar su impacto.


¿Cómo se calcula el impuesto a las Ganancias?

El Impuesto a las Ganancias se calcula de acuerdo con una serie de pasos y consideraciones. Permíteme explicarte cómo se realiza este cálculo:

Sueldo Bruto: Comenzamos con el sueldo bruto, que es la totalidad de las retribuciones remunerativas y no remunerativas a los efectos previsionales. Esto incluye salarios, bonos, aguinaldos y otros beneficios.

Resta de Aportes y Deducciones:

  • Se restan los aportes a la jubilación, obra social y Ley 19032 (PAMI).
  • También se deducen las cuotas médico asistenciales, primas de seguro, alquileres y donaciones, entre otras.
  • Esto nos da la ganancia neta.

Deducciones Especiales:

  • Se restan el mínimo no imponible y la deducción especial.
  • Además, se consideran las cargas de familia (si corresponde).

Ganancia Neta Sujeta a Impuesto:

  • A partir de la ganancia neta, se calcula la ganancia neta sujeta a impuesto.
  • Esta es la base sobre la cual se aplican las tablas para determinar la retención a practicar.

Tablas de Retención:

  • Las tablas de retención se utilizan para calcular el impuesto a las Ganancias.

Estas tablas consideran los tramos de ingresos y aplican tasas progresivas.

En resumen, el impuesto se calcula a partir del sueldo bruto, se restan aportes y deducciones, y se aplican las tablas de retención. Es importante estar al tanto de las actualizaciones y comprender cómo afectarán tus finanzas personales

 

Fuente: CONSENSO PATAGONICO

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