ECONOMÍA - NACIONAL

Monotributo, los cambios que rigen desde este mes

09.05.2017

Desde este mes, los monotributistas que estén inscriptos en las categorías D y E deberán realizar su aporte mensual mediante alguna modalidad de pago electrónica.

Las opciones son: transferencia electrónica de fondos; débito automático o pago con tarjeta de crédito; débito de cuenta a través de cajeros automáticos; débito directo en cuenta bancaria; o pago electrónico mediante el uso de tarjetas de crédito o débito. 

En tanto, desde noviembre regirá la obligación para quienes menos facturan entre los registrados en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes (los de las categorías A, B y C). Los de más altos ingresos, en tanto, ya están obligados, algunos desde fines de 2016 y otros desde abril pasado.

La medida, fijada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acerca del Monotributo, apunta a una mayor bancarización del pago de las obligaciones tributarias al incluir dentro de la modalidad de pago electrónico a las categorías más bajas del régimen para los pequeños contribuyentes.

• Recategorización

Hasta el 22 de mayo, asimismo, se lleva a cabo la segunda recategorización de monotributistas de este año para aquellos que tengan que cambiar el escalón dentro del sistema del tributo.

Están obligados los contribuyentes que en los últimos doce meses hayan tenido una facturación, un consumo de energía eléctrica o un monto de alquileres devengados de una magnitud tal que los obligue a salirse de su categoría. 

El trámite se hace en la página Web del organismo y eligiendo, tras ingresar con clave fiscal, bien la opción "Sistema Registral" o bien "Monotributo". El pago del aporte que corresponda a la a nueva categoría se hace a partir de junio.

Mientras que en septiembre será obligatorio que el monotributista se recategorice o confirme la categoría vigente. 

• Recategorización de oficio

La AFIP cruzará los datos sobre uso de cuenta bancaria, tarjeta de crédito y otros medios para confirmar que el monotributista de servicios no haya gastado en los 12 meses anteriores un 20% más de los ingresos anuales tope de su categoría o un 30% más de los de venta de bienes. Si tuvo gastos mayores a esos, la AFIP podrá recategorizarlo, salvo que el contribuyente pueda justificar esas erogaciones para permanecer en la misma categoría.

Fuente: Ambitofinanciero

comentarios
0

IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios

@consensopatagon
LO MAS RECIENTE
Ushuaia conmemoró su aniversario con el tradicional desfile cívico-militar y homenajes a sus antiguos pobladores

13.10.2026

Una multitud de vecinos, representantes de instituciones comunitarias y autoridades de la provincia y el municipio participaron de las actividades protocolares y del desfile central por el aniversario de la capital fueguina. La agenda incluyó distinciones a pioneros, recorridos por sitios históricos y un reconocimiento al desarrollo de la comunidad.

 

 

 

Crece la tensión en Francia: la protesta estudiantil escala y presiona al gobierno de Macron en pleno debate presupuestario

13.10.2026

Más de 160.000 manifestantes —480.000 según organizaciones sindicales— marcharon en las principales ciudades francesas en la quinta jornada de protestas por la crisis educativa. Con bloqueos en más de 200 colegios, disturbios en París y duras denuncias por uso excesivo de la fuerza policial, el movimiento suma adhesiones sindicales y complica el escenario político del Plan de Presupuesto 2027.