CORONAVIRUS

Río Grande continuará con el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 11 de octubre

21.09.2020

Tierra del Fuego Gustavo adhirió al Decreto N° 754/20 firmado por el Presidente Fernández.A través de ese DNU, el Gobierno nacional dispuso la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio en el país hasta el 11 de octubre, por lo que ahora en Tierra del Fuego se mantienen las medidas actuales disponiéndose mantener a Río Grande en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Río Grande.-El Gobernador de Tierra del Fuego Gustavo Melella decretó la adhesión de la provincia al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 754/20 firmado por el Presidente Alberto Fernández. Cabe remarcar que el Gobierno nacional prorrogó el distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio en AMBA y en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Bahía Blanca y Tandil, como así también en varias ciudades del interior del país.
Por lo tanto las medidas dispuestas en los últimos días para las ciudades fueguinas se mantienen hasta tanto las condiciones epidemiológicas no se modifiquen. Cualquier tipo de cambio será informado por los canales oficiales de comunicación.
Mientras tanto se solicita a la comunidad seguir cuidándonos entre todos, siendo responsables cumpliendo las disposiciones sanitarias como el distanciamiento social; el uso de tapaboca y lavado frecuente de manos.
Y ante los síntomas compatibles con COVID-19 como fiebre (37.5°C o más); tos; dolor de garganta; dolor de cabeza; dolores musculares/articulares; diarrea/vómitos; dificultad respiratoria y pérdida de gusto u olfato, se solicita se comuniquen al 107.

Cuáles son las zonas y partidos donde el aislamiento seguirá hasta el 11 de octubre

El Gobierno oficializó ayer, a través de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la extensión del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 11 de octubre, para mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus.
De acuerdo al DNU 754, publicado en el Boletín Oficial, el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) continuará aplicándose en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Bahía Blanca y Tandil.
También regirá en los departamentos jujeños de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro, además del departamento Capital de la provincia de La Rioja.
El ASPO se aplicará asimismo en los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en la provincia de Río Negro; en los departamentos de General José de San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital de la provincia de Salta. También en el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, de Santa Cruz; en los departamentos de Capital y Banda, en Santiago del Estero, y en el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego.
En tanto, las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio (DISPO), con las mismas condiciones que hasta la actualidad, regirán en el resto de los distritos del país.
El DISPO se sigue aplicando en aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta “con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria”, el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no es inferior a 15 días y que no están definidas “por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus SARS-CoV-2".
Los gobiernos provinciales continúan manteniendo la facultad para, en caso de detectar situaciones de riesgo de propagación del virus, disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias provenientes de otras jurisdicciones por un plazo máximo de 14 días.
Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales “podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas”.
Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.

Fuente: CONSENSO PATAGONICO

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