POLÍTICA PROVINCIAL

Es difícil ver un pronunciamiento en contra de los Municipios, aseveró Victoria Vuoto

12.10.2017

Así lo afirmó la secretaria Legal y Técnica del Municipio respecto de que antes de fin de año haya una resolución de parte del Superior Tribunal en relación a este tema. Recordó que tanto la Federación Argentina de Municipios, como la Federación Latinoamericana de Alcaldes e Intendentes, se pronunciaron a favor de los Municipios. Además consideró un “despropósito la manifestación del presidente del Concejo Deliberante Juan Carlos Pino de un pedido de juicio político al intendente por la demora en la promulgación de las ordenanzas, cuando las mismas son promulgadas en tiempo y forma”. Por tal motivo indicó “desconocer cual es el fondo de estas declaraciones”.

Río Grande.- La secretaria Legal y Técnica del Municipio de Ushuaia Victoria Vuoto cuestionó las posiciones contradictorias que tiene el Gobierno de la Provincia respecto al reclamo de federalismo a nivel nacional por el reclamo judicial que inició la Provincia de Buenos Aires respecto al fondo de Reparación Histórica del Conurbano Bonaerense, mientras que a nivel local se intenta asfixiar financieramente a los municipios judicializando el cobro del impuesto inmobiliario, cuando el mismo es netamente municipal.
Por FM Provincia se refirió a la declaración de certeza respecto del impuesto inmobiliario, donde hace unos días el Dr. Sagastume, integrante del Superior Tribunal, señaló que antes de fin de año iba a haber una respuesta, para lo cual Victoria Vuoto sostuvo que “puede ser porque el expediente está a resolver, hace un tiempo el AREF contestó las excepciones previas que presentamos las partes, donde nosotros hicimos una demanda de forma que tenía que ver con que no podía prosperar por distintas causales procesales, y una contestación de demanda de fondo que tiene que ver con que la competencia del impuesto es del Municipio, tanto por Carta Orgánica, como por Constitución Provincial, y ahora está la instancia en resolver sobre las excepciones previas procesales que hemos presentados, por lo cual es probable que antes de fin de año sobre excepciones el Superior Tribunal tenga un pronunciamiento, es esperable que lo tenga”.
En relación a esto dijo que si el “Superior Tribunal hace lugar a las excepciones previas planteadas por los Municipios, la acción no debería prosperar, en caso de rechazarla ya entramos a discutir el fondo de la cuestión que es de quien depende la potestad tributaria, que es lo que AREF intenta discutir en esta acción”.
Respecto de si habría apelaciones en caso de que el fallo no salga a favor de los Municipios, indicó que en el “caso de las excepciones previas podría evaluarse por ahí la instancia de la Corte, pero de alguna manera las excepciones previas son eso, en realidad después si se rechaza, no es que se le está haciendo un pronunciamiento negativo a los Municipios, en término de fondo de la cuestión, sino únicamente en cuestiones procesales, por lo tanto deberíamos adentrarnos en la cuestión de fondo que es la potestad tributaria a quien le corresponde”.
Remarcó que las “excepciones previas son todas de forma”, dijo, al tiempo que sostuvo que “realmente puede el AREF quitarle el impuesto inmobiliario que históricamente fue de los Municipios”, me pregunto.
Recordó que “con la ley 236, la primer ley territorial democrática, que se divide en competencias, y establece cuales van a hacer las competencias del Municipio, en aquel entonces se estableció que las competencias del impuesto inmobiliario urbano era de los Municipios, junto al impuesto automotor, con el dictado de la Constitución Provincial los constituyentes establecieron en la cláusula transitoria octava que iba a regir la ley 236, es decir de alguna manera se le da un carácter constitucional a esa distribución de competencias hasta tanto que los Municipios dicten sus Cartas Orgánicas, Ushuaia dictó su Carta Orgánica primero, incorporó los impuestos que en ese momento el inmobiliario y el automotor, y Río Grande dictó después su Carta Orgánica e incorporó también ambos impuestos”.
Asimismo sostuvo que “obviamente que el Superior Tribunal como órgano de Justicia siempre es el que analiza la constitucionalidad de las normas o no, por lo cual nosotros creemos que el pronunciamiento tiene que ser favorable a los Municipios, dado que la letra de la constitución es clara, pero el análisis en definitiva le compete a ellos”.
La funcionaria municipal indicó que “la verdad tengo una seguridad, pero desde el punto de vista de la seguridad jurídica, y de la solidez de la defensa de los municipios, incluso fuimos parte de un encuentro en Buenos Aires, donde prestigiosos municipalistas y constitucionalistas fueron partes, y el análisis era que las defensas de ambos Municipios eran muy sólidas, obviamente se expresó la solidaridad a favor de los Municipios, también pudimos introducir la cuestión ante la Federación Argentina de Municipios, y la Federación Latinoamericana de Alcaldes e Intendentes, la Flacma, que también se han pronunciado a favor de los Municipios, por lo tanto el universo de redes internacionales de municipalistas y alcaldes, como el universo doctrinario constitucionalista y municipalistas están al tanto del conflicto y todos se han expresado a favor de la posición municipal, por lo tanto es difícil ver un pronunciamiento en contra de los Municipios en la cuestión de fondo, por lo cual soy optimista en este sentido”.

Vuoto versus Pino

En otro orden se refirió a las declaraciones del presidente del Concejo Deliberante Juan Carlos Pino respecto de un posible pedido de juicio político al intendente por entender como una falta grave la demora en la promulgación de las ordenanzas.
Al respecto señaló que “la verdad que desconozco los fundamentos jurídicos que ha presentado Pino, lo cierto es que el Ejecutivo tiene siempre la herramienta del veto, de forma que entiendan los vecinos, y ante una insistencia del Concejo Deliberante, tiene la promulgación de la ordenanza porque el Ejecutivo está obligada a aprobarla, había una ordenanza que se había insistido durante los últimos días de agosto, y había que promulgarlas, pero es una demora razonable, la que generalmente tiene la administración, no es un exceso”.
Desmintió a Pino señalando que “de mayo no había ninguna ordenanza a promulgar, dado que las que había eran del mes de agosto”.
Consideró un “poco exagerado lo expresado por Pino respecto de un juicio político hacia el intendente”, dijo, al tiempo que recordó que cuando nosotros “asumimos había ordenanzas que estaban sin promulgar desde hacía dos años, acá estamos hablando de un mes, con lo cual me parece que es el tiempo razonable de la administración, no hay ninguna intencionalidad, como así tampoco ninguna falta del área legal en no promulgar la ordenanza, por lo cual desconozco los motivos”.
Remarcó que las “promulgaciones de las ordenanzas dependen del área legal, el intendente firma, cuando el área legal entiende que está para la promulgación, después de haber pasado los trámites administrativos, pero no ha habido una demora que no sea razonable, incluso nosotros tenemos un trabajo muy ordenado desde el área legislativa, de forma que el Concejo va a poder adentrarse en un tratamiento más profundo cuando nosotros hagamos el informe de gestión al presentar el presupuesto, vamos a llevar el informe de lo que han sido estos dos años del área legal”.
Finalmente insistió que no “hay un tiempo perentorio para las promulgaciones, el tiempo perentorio que existe es el del veto, que son nueve días, pero si luego el Concejo insiste, se promulga, pero no hay un tiempo establecido legalmente”.

Fuente: CONSENSO PATAGONICO

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