Paso a paso para saber si ARCA te debe dinero por operaciones en dólares y cómo solicitar el pago
29.01.2025
Se podrá reclamar el reintegro del 30% de percepciones a cuenta de Ganancias y Bienes Personales por compras en dólares. El trámite es online
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Paso a paso para saber si ARCA te debe dinero por operaciones en dólares y cómo solicitar el pago
Se podrá reclamar el reintegro del 30% de percepciones a cuenta de Ganancias y Bienes Personales por compras en dólares. El trámite es online
Desde el 2 de enero está disponible la posibilidad de pedir el reintegro del 30% de las percepciones a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales aplicadas sobre compras y gastos en dólares de 2024, según anunció la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El trámite deberá realizarse de forma online a través del sitio web de la ex AFIP.
Es conveniente realizar el trámite cuanto antes, ya que ARCA suele atrasarse en cumplir con la devolución y paga intereses desde el momento de interpuesto el pedido.
¿Qué contribuyentes pueden pedir la devolución?
- No estén inscriptos en el impuesto a las ganancias ni tengan la obligación de hacerlo.
- Se hallen inscriptos en el impuesto a las ganancias, pero no en el de bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni tener la obligación de hacerlo.
- Se hallen inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, pero no en el de ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
- Que sean trabajadores en relación de dependencia y no se hallen sujetos a retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Que sean trabajadores en relación de dependencia y, al estar sujetos a retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención, hayan recibido la percepción bajo el código 219.
Aunque el impuesto PAIS ya no está vigente para las operaciones con moneda extranjera, es importante destacar que se mantendrá el régimen de percepción a cuenta para la compra de billetes y divisas para atesoramiento, pagos de servicios internacionales mediante tarjetas de crédito, débito y otros medios equivalentes, así como para la contratación de servicios turísticos y adquisición de pasajes internacionales.
Para poder operar con el sistema, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener CUIT y clave fiscal de nivel 2 o superior.
- Contar con el Domicilio Fiscal Electrónico habilitado.
- Haber informado a ARCA la CBU de la cuenta bancaria en la cual se efectuará la devolución.
¿Cómo solicitar a ARCA la devolución de las percepciones por operaciones en moneda extranjera?
Para saber si la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA, ex AFIP) te debe dinero y cómo solicitar el pago, es necesario seguir algunos pasos clave. Aquí detallamos el proceso.
- Ingresar al portal de ARCA con CUIT y contraseña.
- Seleccionar el servicio "Devolución de percepciones". Si no aparece en la primera pantalla, se puede escribir en la barra del buscador.
- Seleccionar la opción "Nuevo" e ingresar el período fiscal correspondiente para solicitar la devolución. Deberás realizar una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones.
- Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención o percepción, solo deberás seleccionarlas y solicitar su devolución. En caso de que no hayan sido informadas, podrás agregarlas manualmente si es necesario.Se debe incluir únicamente aquellas correspondientes a la Resolución General N° 5617 y conservar la documentación respaldatoria, ya que podrá ser solicitada para su verificación. Para los regímenes del 591 al 600, aplica el uso de los códigos de impuesto 217 o 219. Una vez cargadas, el sistema te permitirá grabar la presentación y dejarla como "borrador" o Presentar para comenzar con el trámite de devolución.
- Verificar las percepciones ya precargadas.Si cliqueás en"Presentar", el sistema te pedirá que confirmes la operación para comenzar el proceso de trámite de devolución de las percepciones.
- El sistema mostrará todos los formularios cargados para el período y estado seleccionados.Podrás agregar nuevas columnas desde el desplegable de "Última modificación".
- Desde la opción "Secuencia" podrás ver si la declaración jurada es original (0) o rectificativa (1 en adelante). Al seleccionar una declaración, independientemente de su tipo, será necesario guardar el nuevo campo de secuencia.
- Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención o percepción, solo deberás seleccionarlas y solicitar su devolución. Si es necesario, podrás agregarlas manualmente cuando no hayan sido informadas. Recordá incluir únicamente aquellas correspondientes a la Resolución General N° 5.617 y conservar la documentación respaldatoria, ya que podrá ser solicitada para su verificación.
- La pestaña "Percepciones con devolución aprobada" mostrará la información de aquellas percepciones que ya han sido incluidas en una solicitud anterior y que se encuentran aprobadas, en proceso de pago o ya pagadas.
Este proceso de ARCA, ex AFIP, que afecta a aproximadamente 300.000 contribuyentes, comenzó en octubre y se llevará a cabo de manera gradual durante seis meses. El reintegro incluirá tanto el monto principal como los intereses generados desde la fecha de la percepción original hasta el momento en que los contribuyentes reciban la devolución.
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Fuente: iProfesional