Subrégimen para los textiles será hasta 2028
15.11.2023
Finalmente la unidad de la lucha de los trabajadores textiles nucleados en los gremios SETIA-AOT-SOIVA lograron que el sector textil se incluyera en el subrégimen industrial; las gestiones realizadas en el ambito provincial y Nacional llegaron al esperada inclusion.
Se confirmó que la prórroga del subrégimen para los textiles será hasta 2028
Finalmente la unidad de la lucha de los trabajadores textiles nucleados en los gremios SETIA-AOT-SOIVA lograron que el sector textil se incluyera en el subrégimen industrial; las gestiones realizadas en el ambito provincial y Nacional llegaron al esperada inclusion.
Quien comunicó en el día de ayer fue el gobernador Gustavo Melella desde Buenos Aires junto al precandidato Sergio Tomas Massa la noticia que el sector textil fuera incluido en el subrégimen industrial; y en la jornada de hoy se conocieron los detalles a través del Boletín Oficial.
El artículo
- 1° indica que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2028, inclusive. Por otro lado, el escrito habla sobre el plazo previsto en el artículo.
- 2° del Decreto N° 727 del 22 de octubre de 2021, para los proyectos de producción de bienes comprendidos en la Sección XI de la Nomenclatura Común del Mercosur que estuvieran vigentes al día 23 de octubre de 2021, inclusive, con los alcances y limitaciones previstos en el presente decreto, en la medida en que cumplimenten los requisitos y exigencias promocionales y los establecidos en la presente medida.
De esta manera se dispone la extensión hasta el 31 de diciembre de 2033, incluyendo por supuesto a los textiles.
Asimismo el artículo 3 sostiene que a los fines de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, las empresas deberán manifestar su voluntad de adherir a los derechos y obligaciones establecidos en la presente medida hasta el día 30 de noviembre de 2023, inclusive. Dicha manifestación será efectuada ante la Autoridad de Aplicación y su tramitación estará condicionada a la presentación de una renuncia expresa a todo reclamo administrativo y/o judicial contra el Gobierno Nacional y el Gobierno Provincial, referida a las cuestiones vinculadas al régimen promocional.
Fuente: CONSENSO PATAGONICO