El Concejo Deliberante de Ushuaia aprobó su nuevo reglamento interno
27.10.2023
El documento aprobado por mayoría incorpora aspectos previstos en la nueva Carta Orgánica Municipal -como la Viceintendencia, que estará a cargo de la Presidencia del Concejo-, votación de proyectos por mayorías, perspectiva de género; así como la licencia por maternidad/paternidad y licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo, entre otros aspectos.
ACTUALIZACIÓN
El Concejo Deliberante de Ushuaia aprobó su nuevo reglamento interno
El documento aprobado por mayoría incorpora aspectos previstos en la nueva Carta Orgánica Municipal -como la Viceintendencia, que estará a cargo de la Presidencia del Concejo-, votación de proyectos por mayorías, perspectiva de género; así como la licencia por maternidad/paternidad y licencia extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo, entre otros aspectos.
En el marco de la 7ª sesión ordinaria del año el Concejo Deliberante de Ushuaia, se aprobó por mayoría el nuevo reglamento interno que marcará el funcionamiento de la Institución.
La actualización del reglamento se produjo con votación dividida: La propuesta fue presentada y votada por el concejal Juan Carlos Pino, Gabriel de la Vega (Frente de Todos-PJ) y el concejal Juan Manuel Romano (Forja); con la negativa de los ediles Javier Branca (De la Ciudad); Mariana Oviedo y Ricardo Garramuño (MPF) y en ausencia de la concejala Laura Avila (Frente de Todos-PJ), ante lo cual desempató el concejal Pino por la afirmativa.
La discusión en torno a la propuesta del nuevo reglamento interno se centró en la interpretación de la oposición sobre la necesidad de contar con el voto de los dos tercios del Cuerpo de concejales para aprobarlo; mientras que el concejal Pino aclaró que a partir de la nueva Carta Orgánica Municipal –que fue reformada en 2022- la modificación del reglamento interno no es uno de los casos que requiere mayoría agravada, sino que puede concretarse con mayoría simple.
El nuevo reglamento interno del Concejo incorpora nuevas figuras y condiciones, adecuándolo a lo que establece la nueva Carta Orgánica Municipal –entre ellos el período legislativo de sesiones ordinarias, que ahora se extenderá desde el 28 de febrero hasta el 15 de diciembre de cada año; además incorpora la perspectiva de género en la redacción y otros aspectos-.
Asimismo incorpora el rol de la Viceintendencia, que estará a cargo de la Presidencia del Concejo, otorgándole estructura y funciones como la de participar del debate legislativo en sesión únicamente para dirigirlo y ordenarlo; mientras que podrá ejercer su voto sólo en caso de empate. La Presidencia del Concejo también estará acompañada –como ocurre actualmente- por la Vicepresidencia 1ª y 2ª, quienes ejercerán su función en ausencia del anterior.
En el articulado referido al deber de asistencia, rige actualmente el sistema de licencias –descanso anual en período de receso legislativo; licencia especial por única vez hasta 90 días debidamente fundada con reemplazo del concejal que sigue en la lista-. Se incorporó ahora la ‘Licencia por Maternidad o Paternidad’, por el término de 90 días, 45 anteriores y 45 días posteriores al parto o hasta 60 días posteriores a la fecha de parto; en cuyo caso el concejal o la concejala también será reemplazado por el suplente en su lista.
Asimismo se agregó en el nuevo reglamento, la ‘Licencia Extraordinaria por ejercicio transitorio de otro cargo’; un permiso previsto para el concejal electo que previo a jurar en el cargo se encuentre en ejercicio de otra función electiva –en estamentos nacionales o provinciales- la cual continúe por un plazo temporal menor a la duración del mandato por el que usufructúe dicha licencia extraordinaria.
Para dicho caso, se estableció que “durante el inicio de la función de concejal, en ese caso se entenderá que el mismo queda suspendido hasta el cumplimiento del mandato previo, renuncia o cese por alguna de las causales previstas en el régimen que se trate, sin goce de dieta –reza el nuevo reglamento-. En dicho periodo ejercerá su reemplazo con goce de dieta y todas las prerrogativas propias del cargo el o la suplente que corresponda en la lista de concejal o concejala en uso de tal licencia”.
También se estableció que las decisiones del Concejo Deliberante se adoptan por mayoría absoluta (más de la mitad) de los votos emitidos, salvo únicamente en los casos para los cuales la Carta Orgánica Municipal establece la necesidad de mayoría agravada (dos tercios de los votos).
El documento que ordena el funcionamiento del Concejo Deliberante además incluye las comisiones temáticas (De Legislación e Interpretación; de Hacienda, Presupuesto y Cuentas; de Planeamiento y Obras Públicas; de Policía Municipal; de Calidad de Vida y Turismo y el espacio de Información y Debate Ciudadano).
Durante la sesión ordinaria que se llevó adelante este miércoles, el concejal Juan Carlos Pino remarcó que “estamos adecuando el reglamento interno porque hay nuevas figuras a partir de la nueva Carta Orgánica”, además, “se incorpora la cuestión de género, las funciones de la Secretaría, todas actualizaciones”, dijo.
Fuente: CONSENSO PATAGONICO