ECONOMÍA - NACIONAL

AFIP reglamentó la devolución de Ganancias por las sumas retenidas por SAC

21.09.2023

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General Nº 5.417 que reglamenta la devolución de las sumas retenidas a cuenta del impuesto a las Ganancias por la cuota del aguinaldo en asalariados en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.

GANANCIAS

AFIP reglamentó la devolución de Ganancias por las sumas retenidas por SAC

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General Nº 5.417 que reglamenta la devolución de las sumas retenidas a cuenta del impuesto a las Ganancias por la cuota del aguinaldo en asalariados en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.


La AFIP, a través de la Resolución General Nº 5.417, reglamentó la devolución de las sumas retenidas de la cuota del aguinaldo de junio por Ganancias.

  
 

La Resolución del órgano que dirige Carlos Castagnetto, implica que se devolverán las sumas retenidas, junto a las remuneraciones y haberes devengados correspondientes al mes de septiembre de 2023. En concreto serán alcanzados por la medida aquellos asalariados que no hayan superado la suma equivalente a los 15 salarios mínimos, vitales y móviles, al 1 de octubre de 2023.

En el caso de las devoluciones, deberán estar explícitamente expresadas en el recibo de haberes como “Devolución Decreto N°473/23” e independiente a la retención que pueda corresponder en el mes a liquidar. En el caso de la deducción especial incrementada, las liquidaciones mensuales que correspondan a las rentas devengadas, a partir de octubre no serán objeto de retención alguna por el impuesto a la ganancia aquellos que, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, no superen la suma equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles.

En este sentido, los agentes de retención deberán computar el mes que se líquida, una deducción especial incrementada, en el monto que resulte al restar a la ganancia neta las deducciones en concepto de cargas de familia, ganancias no imponibles y deducciones especiales, de forma que, una vez realizado el cálculo, la ganancia neta pasible de impuesto sea igual a cero.

Por otro lado, el artículo 94 de la resolución, incrementa la escala de valores para determinar el importe de la retención del impuesto y es aplicable a aquellos que perciban rentas por desempeñarse en cargos públicos, trabajadores en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones. En este sentido, las tablas de cálculo para las rentas netas devengadas desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, se publicarán en los próximos días.

 

 

Fuente: Mundogremial.com

comentarios
0

IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios

LO MAS RECIENTE
Presupuesto Municipal de Ushuaia: la secretaría de gobierno presentó su planificación para 2025 ante el concejo deliberante.

22.11.2024

La Comisión de Hacienda del Concejo Deliberante de Ushuaia llevó adelante la segunda jornada de análisis del Presupuesto Municipal 2025, y en ese marco el secretario de Gobierno del Ejecutivo de la ciudad, César Molina, dio cuenta del trabajo realizado durante 2024, de lo planificado para el año entrante y de las proyecciones financieras para ese periodo.

Núñez se reunió con el diputado Fita para defender recurso pesquero y el empleo.

23.11.2024

Luis Núñez, secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA), mantuvo un encuentro con el diputado provincial Gustavo Fita con el objetivo de reforzar el pedido a la Legislatura de Chubut para que se pronuncie en defensa de la soberanía provincial sobre las 12 millas náuticas de aguas jurisdiccionales y proteja los puestos de trabajo de la industria pesquera.