POLÍTICA PROVINCIAL

Finalmente, el PRO no integra la alianza Juntos por el Cambio en Tierra del Fuego

18.03.2023

El Juzgado Electoral de Tierra del Fuego resolvió no hacer lugar al pedido del PRO y aprobar el pedido de reconocimiento de la alianza transitoria bajo la denominación "Juntos por el Cambio Tierra del Fuego", integrada por los partidos políticos Unión Cívica Radical, Coalición Cívica-Afirmación para una República Igualitaria, y Movimiento de Integración y Desarrollo.

Finalmente, el PRO no integra la alianza Juntos por el Cambio en Tierra del Fuego

El Juzgado Electoral de Tierra del Fuego resolvió no hacer lugar al pedido del PRO y aprobar el pedido de reconocimiento de la alianza transitoria bajo la denominación "Juntos por el Cambio Tierra del Fuego", integrada por los partidos políticos Unión Cívica Radical, Coalición Cívica-Afirmación para una República Igualitaria, y Movimiento de Integración y Desarrollo.

   

Esto se debe a falta de documentación, y que el partido Propuesta Republicana (PRO) no integró la alianza porque el acuerdo electoral no había sido decidido por las autoridades partidarias competentes en su momento.

En el edicto se explica que, “el Apoderado del partido Unión Cívica Radical ha presentado ante la autoridad de aplicación la alianza transitoria ‘Juntos por el Cambio Tierra del Fuego’ para participar en las elecciones provinciales y municipales de 2023”. La alianza estaba integrada por las agrupaciones Unión Cívica Radical (UCR), Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), Coalición Cívica Afirmación para una República Igualitaria (CC), y Propuesta Republicana (PRO).

Sin embargo, se les había informado a los miembros de la alianza que para obtener el reconocimiento, debían acreditar que el acuerdo de la agrupación Propuesta Republicana (PRO) fuera decidido por el organismo competente y que las autoridades del organismo competente tenían mandatos vigentes. Asimismo, el PRO no había presentado documentación ni suscribió al acta de la alianza en el tiempo y forma.

El Interventor de Propuesta Republicana (PRO), Mariano Gallegos, declaro que desconocía el acta constitutiva presentada por el Apoderado del partido Unión Cívica Radical y ha manifestado que solo se puede considerar y constituir un frente electoral de Juntos por el Cambio ante la presentación de una nueva acta que contenga a los partidos que manifiesten y suscriban la voluntad de integrarlo. Asimismo, en el caso del PRO, se informa que el partido en el Distrito de Tierra del Fuego se encuentra intervenido con mandato vigente del Interventor hasta el 25 de marzo de 2023.

El Apoderado de la Unión Cívica Radical ha solicitado que se rechace la impugnación interpuesta y se reconozca la alianza con la integración de los partidos que suscribieron el acta constitutiva presentada. Invoca los autos caratulados "JUNTOS POR EL CAMBIO s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL" en los que se reconoce con el nombre “Juntos por el Cambio" a una alianza transitoria que participó en las elecciones de Convencionales Constituyentes de la ciudad de Ushuaia.

En este contexto, y en cara a las próximas elecciones, la Jueza Interina, Mariel Zanini, apela a que se reflexione sobre “la importancia del nombre de los partidos políticos y su regulación en la ley. La ley 470 regula en el Capítulo IV todo lo referente al nombre como atributo exclusivo de los partidos políticos, y se establece que la denominación de los partidos no podrá ser usada por ninguna otra entidad de cualquier naturaleza. La exclusividad en el uso del nombre es extensiva a las alianzas electorales, porque el nombre partidario identifica doctrina, plataforma y programa, por lo que significa un atributo de identidad.”

Se destaca la importancia de la regulación del nombre de los partidos y las alianzas electorales para evitar la confusión en sus nombres y garantizar una nítida identificación de las agrupaciones, evitando que la confusión en sus nombres pueda transformarse en una vía inaceptable de captación de adherentes.

Se explica que, “la jurisprudencia del nombre sostiene que la exclusividad en el uso del nombre es extensiva a las alianzas electorales, porque el nombre partidario identifica doctrina, plataforma y programa, por lo que significa un atributo de identidad. Por lo tanto, es necesaria la autorización de todas las agrupaciones que las integran para la utilización de los referidos elementos por cualquiera de ellas.”

Asimismo se destaca que la primera vez que se reconoció una alianza con la denominación "Juntos por el Cambio" fue el 29 de marzo de 2022, con el número de identificación 94 y con los símbolos y emblemas correspondientes para participar en la contienda electoral del 14 de mayo de 2022. Se señala que el partido Propuesta Republicana (PRO) no integró la alianza porque el acuerdo electoral no había sido decidido por las autoridades partidarias competentes.

Por lo cual, la resolución concluye con: "hacer llegar al pedido de reconocimiento de la alianza transitoria bajo la denominación 'Juntos por el Cambio Tierra del Fuego', integrada por los partidos políticos Unión Cívica Radical (UCR), Coalición Cívica - Afirmación para una República Igualitaria (CC), y Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), con los símbolos registrados en esta jurisdicción, sin la participación del partido Propuesta Republicana (PRO).

Fuente: Calidadtdf.com.ar

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