Desde Punta Arenas el 60% de los fueguinos trae artículos sin declarar. Qué se puede traer y que no.
19.04.2017
Este nuevo fin de semana largo, miles de fueguinos se lanzaron a la Ruta Nacional 3 con un destino en mente: Punta Arenas. Es que en la Zona Franca ubicada en la localidad del país vecino se encuentran precios realmente accesibles en prácticamente todos los rubros, desde tecnología hasta bazar.
Sin embargo, las leyes argentinas establecen un cupo máximo monetario para los artículos ingresados desde Chile, siendo 150 dólares para los mayores de edad y 75 dólares para los menores en caso de volver al país por vía terrestre. En caso de viajar en avión, estos montos se duplican.
A pesar de que el grueso de los contribuyentes conocen esta normativa (y cuando se registra la llegada a Chile se aclara que en el regreso se controlarán las compras que superen estas sumas), cada fin de semana largo se ven conflictos en la frontera debido a los fueguinos que se niegan a pagar los excedentes.
Desde el gremio SUPARA, que nuclea a los trabajadores aduaneros, denuncian que cerca del 60% de los vecinos que retornan al país desde Punta Arenas no declaran los artículos que ingresan. Por si fuera poco, estos mismos ciudadanos agreden a los encargados de controlar la mercadería en los pasos fronterizos.
Silvia Gomis, representante de SUPARA, expuso en Radio Fueguina esta situación, indicando que, en su mayoría, los infractores intentan ingresar teléfonos y computadoras, aunque también han detectado vecinos que buscan evadir los controles con televisores de hasta 60 pulgadas.
“Las leyes son claras”, indicó Gomis, quien admitió que “la mayoría dice que no, pero se excede” en cuanto al costo de la mercadería que busca hacer llegar al país e incluso resaltó que la población utiliza ardides del tipo “tengo familia numerosa” para poder pasar por la frontera indumentaria en gran cantidad.
Qué se puede traer de Punta Arenas y qué no
Libre de impuestos se puede traer ropa y objetos de uso personal usados, así como libros, folletos, periódicos y otros artículos, nuevos o usados, que no tengan finalidad comercial, de cualquier origen, hasta un límite por vía aérea de 300 dólares por pasajero (u$s 150 para menores de 16 años) y por vía terrestre de 150 dólares por pasajero (u$s 75 para menores de 16 años).
Se puede: Televisores (LED, LCD y Plasma), minicomponentes, home theaters, reproductores de DVD y/o Bluray, computadoras de escritorio, notebooks, netbooks, teléfonos y tablets, GPS, bicicletas, juguetes, cámaras de vídeo y/o fotografía. Sábanas, manteles, cortinas. Cubiertos, bazar, adornos. Pequeños electrodomésticos (solo uno), ropa y calzado. Aires acondicionados
No se puede: Repuestos de ningún tipo, autos, cubiertas, llantas y estéreos. Línea blanca (Lavarropas, Heladeras, Cocinas, Microondas, Secadoras) y pequeños electrodomésticos se puede traer solo uno: Mini pimer, planchas, licuadoras, etc.
Dentro de los artículos prohibidos para el transporte que menciona la AFIP se encuentran explosivos, inflamables y estupefacientes. Municiones, armas de fuego o sus partes, salvo que cuenten con autorización del RENAR y sin perjuicio de las propias regulaciones y restricciones internacionales de seguridad en la aeronavegación. Repuestos de automotores y otros. Además de ningún tipo de mercadería con finalidad comercial o industrial.
Fuente: TDF al día
Fuente: CONSENSO PATAGONICO